En un importante avance bajo el marco de la Ley de Mercados Digitales (DMA) de la UE, la Comisión ha emitido dos decisiones vinculantes que obligan a Apple a mejorar la interoperabilidad entre su ecosistema iOS y proveedores de hardware y software de terceros. Estas decisiones marcan la primera vez que la Comisión especifica formalmente medidas de cumplimiento en virtud del artículo 6(7) de la DMA—y sientan un precedente firme sobre cómo la UE planea aplicar las normas de competencia en la era digital.
Hasta ahora, los dispositivos de Apple han estado encerrados en un ecosistema que funciona mejor solo cuando se utilizan con otros productos de la marca. La Comisión exige ahora que Apple abra el acceso a nueve funcionalidades clave, incluidas NFC, Bluetooth, Wi-Fi, banda ultraancha, notificaciones push y emparejamiento de dispositivos, a desarrolladores y fabricantes externos.
Esto significa que:
- Relojes inteligentes y auriculares de marcas no pertenecientes a Apple pronto se conectarán a iPhones con la misma fluidez que los productos de la propia Apple,
- Los usuarios ya no serán penalizados por elegir aplicaciones o hardware multiplataforma,
- Las notificaciones y el seguimiento de ubicación desde servicios de terceros funcionarán en igualdad de condiciones técnicas.
Un Hito en Derecho de la Competencia: Del Antimonopolio a la Regulación Ex-Ante
Estas decisiones son más que correcciones técnicas: representan un cambio en la filosofía de aplicación del derecho de competencia de la UE. En lugar de investigar abusos a posteriori, como lo hace el derecho antimonopolio tradicional, la DMA adopta un enfoque proactivo y estructural para limitar el poder de mercado de los «guardianes de acceso» antes de que se produzca el daño.
La conducta pasada de Apple—reservar funciones completas para sus propios servicios y retrasar el acceso a los competidores—probablemente habría dado lugar a largos procedimientos antimonopolio en virtud del artículo 102 del TFUE. La DMA permite a los reguladores actuar más rápido y con mayor amplitud al definir desequilibrios presuntos y corregirlos de manera preventiva mediante regulación.
Con ello, la Comisión avanza un objetivo fundamental del derecho de la competencia de la UE: preservar la apertura del mercado y la libertad de elección del consumidor, especialmente en mercados digitales de rápida evolución donde las dinámicas de «el ganador se lo lleva todo» amenazan la innovación a largo plazo.
¿Qué Sigue?
Apple tiene seis meses para implementar las decisiones. También deberá establecer un proceso transparente y accesible para que terceros soliciten la interoperabilidad, incluyendo plazos de respuesta, criterios claros y documentación pública. El incumplimiento podría acarrear multas de hasta el 10% del volumen de negocios global—un incentivo claro para actuar con rapidez.
Conclusión
Los fallos de interoperabilidad de la UE marcan una nueva era en la regulación de plataformas—una en la que la autonomía del usuario, la neutralidad técnica y la equidad de mercado ya no son opcionales. Para los consumidores, esto significa mejores productos, más opciones y menos restricciones. Para las empresas, significa que los modelos de negocio basados en el control exclusivo del ecosistema están ahora bajo un riguroso escrutinio legal.